Grabado de patentes: qué vehículos están exentos, plazos clave y multas por no cumplir
Desde mayo, la mayoría de los vehículos en Chile deberán tener grabada su patente en vidrios y espejos. Sin embargo, existen tres excepciones claras y multas importantes para quienes no cumplan con esta nueva obligación.

A contar de mayo, entra en vigencia una nueva normativa en Chile que obliga a la mayoría de los vehículos, nuevos o usados, a portar la patente grabada de forma permanente en vidrios y espejos laterales. Esta medida busca combatir el robo y posterior venta de vehículos, dificultando su comercialización ilegal.
Para los vehículos nuevos, se otorgó un plazo de un año para cumplir con esta obligación. Ese plazo finaliza el 15 de mayo de 2025, por lo que desde esa fecha se comenzarán a aplicar las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento.
📅 Plazos para cumplir con el grabado de patentes
Los vehículos nuevos comercializados desde el 15 de agosto de 2024 ya debieron ser entregados con la patente grabada, responsabilidad que recae directamente en las automotoras. En tanto, los vehículos usados o adquiridos antes de esa fecha tienen plazo hasta el 15 de mayo de 2025 para cumplir con la norma.
✅ ¿Qué vehículos están exentos de esta exigencia?
La legislación establece tres tipos de vehículos que no están obligados a realizar el grabado:
1. Vehículos señalados en el artículo 54 de la Ley de Tránsito:
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Vehículos con patente extranjera o en tránsito temporal.
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Vehículos nuevos con peso bruto igual o superior a 3.860 kg, que solo circulen por medios propios para su traslado a dependencias del comercializador.
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Vehículos de las Fuerzas Armadas o Carabineros, destinados exclusivamente a fines militares o policiales.
2. Vehículos antiguos o históricos, conforme a lo indicado en el título XIX de la Ley de Tránsito.
3. Vehículos que ya tengan la patente grabada, siempre que el grabado sea permanente y permita la identificación completa y legible de letras y números.
⚠️ Multas y sanciones por no grabar la patente
El incumplimiento de esta norma se considera una infracción grave, según el artículo 200, numeral 27, de la Ley de Tránsito. Esto implica una multa que va desde 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $68.000 y $103.000 aproximadamente.
El abogado Julio Landaeta, director de Asuntos Jurídicos de la Universidad de La Serena, explicó que el artículo 62 de la misma ley especifica que “los vehículos motorizados deberán contar con su placa patente única grabada, de forma permanente, en sus vidrios y espejos laterales”.
🔍 Requisitos técnicos del grabado
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En vehículos como buses o furgones, se exige un mínimo de seis grabados en los vidrios, además de los espejos.
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En motocicletas, el grabado debe realizarse en todos sus espejos.
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No se aceptarán grabados que:
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Puedan borrarse con facilidad.
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No respeten el tamaño establecido por la norma.
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Estén hechos en negrita, cursiva o letras minúsculas.
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