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La Suprema Corte ha confirmado una histórica multa de casi 30 millones de dólares a CDF (TNT Sports) por abuso de su posición monopólica.

Este martes, la Corte Suprema confirmó la sentencia emitida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en mayo de 2024, que sancionó al Canal del Fútbol (CDF, ahora conocido como TNT Sports) por abusar de su posición dominante en el mercado de transmisión en vivo de los partidos del Campeonato Nacional del Fútbol Profesional.

La Suprema Corte ha confirmado una histórica multa de casi 30 millones de dólares a CDF (TNT Sports) por abuso de su posición monopólica.
por: Eduardo Castillo 28 de mayo de 2025

La Corte Suprema confirmó este martes la sentencia emitida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en mayo de 2024, que sancionó al Canal del Fútbol (CDF, ahora conocido como TNT Sports) por abusar de su posición dominante en el mercado de transmisión en vivo de los partidos del Campeonato Nacional del Fútbol Profesional.

Según informó también la Fiscalía Nacional Económica (FNE), el tribunal más alto mantuvo la condena a la empresa, obligándola a pagar una multa de US$28 millones, la más elevada impuesta hasta ahora por un acto anticompetitivo.

Además, la Suprema aceptó el recurso de reclamación presentado por la FNE contra la sentencia y prohibió todas las prácticas comerciales que la FNE había cuestionado en su acusación, incluyendo dos que no se habían considerado en la decisión del TDLC: la fijación de precios mínimos de reventa y la restricción de las promociones que los cableoperadores pueden realizar sobre las señales CDF Premium y/o CDF HD.

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La compañía deberá poner fin a estas conductas y a otras dos que fueron señaladas por la FNE y prohibidas por el TDLC, las cuales le han permitido obtener ganancias de manera abusiva y discriminatoria. Esto incluye la imposición de un número mínimo de abonados garantizados de forma arbitraria y la exigencia a los cableoperadores de adquirir y distribuir la señal CDF Básico a toda su base de clientes como condición para acceder a las señales CDF Premium y/o CDF HD, según indicó la FNE.

En este contexto, la Corte determinó que “cada una de las prácticas denunciadas, por sí sola y, aún más en conjunto, constituye un abuso de posición dominante y, como tal, genera los efectos anticompetitivos que se les atribuyen”.

En particular, respecto a la fijación de un precio mínimo de reventa, la prohibición de vender a bajo costo y la limitación de promociones, la sentencia establece que “en la actualidad, estos mecanismos solo sirven para impedir la libre fijación del precio del producto o de las condiciones de su venta en función de la oferta y la demanda, restringiendo la competencia aguas abajo en detrimento de los consumidores finales”.

Sobre la venta conjunta de las tres señales de CDF (Básico, Premium y HD), la Corte concluyó que se trata de una venta atada sin justificación económica o comercial, lo que resulta en “el apalancamiento y la extracción de rentas denunciada, perjudicando directamente a los cableoperadores y a los clientes finales”. El fiscal nacional económico, Jorge Grunberg, valoró la decisión del máximo tribunal, subrayando que “esta sentencia marca un hito en la lucha contra los abusos de posición dominante en nuestro país.

La Corte Suprema ha enviado un mensaje muy claro sobre la gravedad de este tipo de conductas anticompetitivas, al confirmar la mayor multa individual impuesta en un caso de libre competencia respecto a CDF”.

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